La Corte Suprema decidirá sobre la ciudadanía de EE.UU. por nacimiento. Crédito: AP
En cualquier momento, la Suprema Corte puede tomar una decisión en el caso Trump vs. Barbara, que trata de la Orden Ejecutiva 14160, emitida por el presidente Donald Trump el 20 de enero de 2025, pocas horas después de tomar posesión para su segundo mandato.
La Corte Suprema recibió el caso en septiembre pasado e inició sus deliberaciones en abril de este año.
La Orden 14160, titulada “Protegiendo el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense”, afirma que los hijos de inmigrantes indocumentados no están protegidos por la cláusula de ciudadanía de la Enmienda XIV de la Constitución; porque no tienen su domicilio permanente dentro de los confines de Estados Unidos, por lo que están en la misma categoría que los turistas o trabajadores con visas temporarias. Por consiguiente, no son ciudadanos de Estados Unidos.
La Enmienda XIV fue ratificada en 1868, poco después del fin de la Guerra Civil y la liberación de los esclavos. Codificó el principio de ciudadanía por nacimiento de manera objetiva, es decir, sin diferencia de raza, color de piel, o ascendencia, a la inversa de lo que la orden ejecutiva pretende imponer.
A largo plazo, la orden es una parte importante de la estrategia de Trump y el partido Republicano de prevenir la nación multiétnica en la que se está convirtiendo el país; de preservar la mayoría blanca, especialmente en el poder político y la distribución de las riquezas.
Aunque un tribunal inferior suspendió la puesta en marcha de la orden hasta que se agoten los procesos judiciales, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha emitido una guía que describe cómo se aplicaría la orden, si se confirma.
En la guía describe que un bebé nacido en Estados Unidos no recibiría la ciudadanía automática si la madre no tiene estatus legal, a menos que el padre sea ciudadano o residente permanente al momento del nacimiento. Además, las agencias federales dejarían de emitir números de Seguro Social, certificados de ciudadanía o pasaportes a los menores que caigan dentro de estas categorías.
Lo peor vendría después: al adquirir automáticamente el mismo estatus migratorio indocumentado que sus padres, estos bebés estarán sujetos a deportación.
Quienes apelaron ante Tribunal encabezados por la ACLU, insisten que la Suprema Corte ya decidió el tema una vez y estableció precedente, con el caso USA vs. Wong Kim Ark, que en 1898 determinó expresamente que casi cualquier persona aquí nacida obtiene la ciudadanía automáticamente, sin importar el estatus migratorio de sus padres. Es un precedente importante.
Lamentablemente, esta Corte ya demostró en el último año su poco respeto por el precedente judicial. Debemos reconocer que, con su fuerte mayoría conservadora, podría hallar la orden legal e invalidar el sentido original de la Enmienda XIV.
De ser así, de manera inmediata, la Casa Blanca rechazaría la ciudadanía de unos 255,000 niños nacidos a padres indocumentados o que residen con visas temporarias, niños que hasta ahora eran considerados estadounidenses.
Sería una interpretación infundada y tergiversada de la Constitución. Estados Unidos dejaría de ser el país que con los brazos abiertos integró a millones de inmigrantes, que vinieron porque los querían. Gracias al crisol de razas y cultura surgió aquí la nación más poderosa del mundo, que fue el centro de una esperanza de democracia y libertad, paz y prosperidad.
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